jueves, 9 de julio de 2009

La Audiencia Nacional y los crímenes del franquismo

De: El País

Otro juez dice que la Audiencia debe investigar la Guerra Civil

Cree que hubo un plan preconcebido de un grupo militar

JOSÉ YOLDI - Madrid - 09/07/2009

El juez Miguel Ángel Aguilera, titular del Juzgado de Instrucción número 2 de San Lorenzo de El Escorial (Madrid) rechazó ayer su competencia para investigar delitos cometidos durante la Guerra Civil, y sostuvo que debe ser la Audiencia Nacional la que globalmente investigue los hechos enmarcados en un "plan preconcebido" y cometidos por un "grupo organizado militar y rebelde".

El nuevo rechazo a la inhibición de Garzón se une al planteado por la juez de Granada sobre la exhumación de García Lorca, cuya competencia para investigar unos hechos que consideraba crímenes contra la humanidad igualmente rechazó.

El magistrado de San Lorenzo admite que los hechos ocurridos durante el llamado alzamiento pueden ser calificados jurídicamente como rebelión en relación con crímenes contra la humanidad, ya que a su entender se trató de una insurrección que se llevó a cabo para acabar con el sistema de Gobierno, y cuyo instrumento fueron los crímenes contra la humanidad.

El magistrado explica en su auto que hubo "unidades militares que se rebelaron contra el sistema y el ordenamiento jurídico legalmente constituido y para ello se sirvieron de detenciones, secuestros, asesinatos entre otras lindezas", por lo que esos delitos comunes tienen una "clara conexión con el normal desenvolvimiento de las funciones de legislar y gobernar que representa la rebelión".

"Los hechos ocurridos durante la Guerra Civil", afirma el juez Aguilera, "tuvieron incidencia en la Comunidad Internacional; todos los actos delictivos (detenciones, secuestros, asesinatos, torturas) estaban encuadrados y dirigidos al mismo fin: subvertir el orden constitucional y el poder legítimamente constituido, por lo que no puede admitirse la competencia para instruir de forma sesgada lo ocurrido en San Lorenzo de El Escorial, independientemente del resto de hechos cometidos a nivel nacional".

Y ello es así, "so pena de pensar que las acciones delictivas de nuestra historia fueron aisladas, que no estuvieron organizadas en un plan preconcebido, que no fueron cometidas por un grupo organizado militar y rebelde y que en su lugar fueron cometidos a título particular, sin conexión, con una responsabilidad también aislada e individual y diseminada por todo el territorio nacional con coincidencia en el tiempo".

El caso afecta a ocho republicanos sepultados sin su consentimiento en el Valle de los Caídos. Se trata de Celestino Puebla, Emilio Caro, Flora Labajos, Pedro Ángel Sanz, Román González, Víctor Blázquez y Valerico Canales, miembros de la Casa del Pueblo de Pajares de Adaja (Ávila), que fueron fusilados el 20 de agosto de 1936 por un grupo de falangistas. Fueron enterrados en un pozo de Aldeaseca, y desenterrados 23 años después para ser trasladados al Valle de los Caídos un mes antes de la inauguración del monumento por orden de la misma autoridad que ordenó su muerte.Garzón, como ya hizo con el caso de Granada, planteará al Supremo una nueva cuestión de competencia. La decisión afecta también a la querella por prevaricación que el Supremo admitió contra Garzón. Hay al menos seis jueces que creen que Garzón tenía razón, por lo que la prevaricación imputada no es tan grosera como los querellantes pretenden.

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